| Tipos de ayudas | |
El PRODER de Andalucía prevé apoyo financiero a iniciativas de carácter productivo y no productivo. Se trata de subvenciones de carácter público a fondo perdido y a la inversión , que se rigen por un Régimen de Ayudas y un Procedimiento de Gestión que aúnan la distinta Legislación vigente Comunitaria, Estatal y Autonómica en esta materia y rigen el funcionamiento del Programa. |
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Con carácter general, las actividades o inversiones de índole productivo podrán recibir una subvención máxima de hasta el 40% de su coste total subvencionable del proyecto. También con carácter general, las actividades o inversiones de carácter no productivo podrán recibir ayudas de hasta el 100% del coste total subvencionable del proyecto. |
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La cuantificación del porcentaje de ayuda de un proyecto depende de diversos criterios públicos; un baremo aprobado por la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía y la propia Junta Directiva de la Asociación NORORMA en el que, al menos, se valoran los siguientes indicadores: La viabilidad técnica, económica y financiera, si la actividad o inversión es de carácter productivo. |
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Su contribución a incrementar las oportunidades de empleo de los grupos más desfavorecidos en el territorio. Su contribución a promover las condiciones para que sea real y efectiva la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, superando cualquier discriminación. Su contribución a corregir los desequilibrios socioeconómicos de la zona. Su carácter innovador y su contribución al desarrollo integral y sostenible de la zona. Su nivel de impacto ambiental. Su adecuación a los objetivos propuestos por el Grupo y por el Programa. Proyectos promovidos por mujeres y jóvenes, así como aquellos otros que generen oportunidades de empleo para estos colectivos. |
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| Líneas de actuación Las posibles actuaciones o proyectos que pueden acogerse al PRODER de Andalucía son las contempladas en sus Líneas de Actuación. |
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Posibles beneficiarios Podrá ser beneficiario de las ayudas gestionadas por las Asociaciones de Desarrollo Rural en el marco del programa PRODER de Andalucía cualquier persona física o jurídica, pública o privada, con capacidad de obrar, incluido el propio Grupo de Desarrollo Rural, así como cualquier Administración Pública Local u organismo o sociedad dependiente de aquélla, siempre que la actividad o inversión que proponga se realice dentro del ámbito de actuación del Grupo de Desarrollo Rural o incida en beneficio del desarrollo del mismo, y siempre que cumplan los requisitos que se establecen. |
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Con carácter general, los solicitantes habrán de cumplir, entre otros, los siguientes requisitos: Ser pequeña empresa en los términos previstos en el Reglamento (CE) 70/2001. |
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| Comprometerse a mantener el destino de la inversión durante al menos los cinco años posteriores a la realización de la misma. Disponer de las licencias de obra, actividad, de los informes ambientales procedentes, de las inscripciones en registros y de cualquier otro permiso o requisito que sea exigible, por la Administración Autónoma o por la Local , para la actividad de que se trate. |
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| Documentación necesaria Los emprendedores y promotores deberán dirigir la documentación de sus proyectos a la oficina o sede central del Grupo de Desarrollo Rural que le corresponda. En este caso, al Grupo de Desarrollo Rural del territorio Nororiental de Málaga, sito en calle Santo Domingo, número 49 de Archidona (Málaga). En la sección descargas de esta web se encuentran la mayoría de estos modelos para su descarga y posterior cumplimentación e impresión. |
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| Procedimiento de las ayudas Los proyectos dirigidos al PRODER-A, en caso de tramitarse favorable y completamente de cara a la obtención de una subvención, tienen el siguiente proceso: FASE DE SOLICITUD 1. Solicitud: Entrega de documentación completa del proyecto en las oficinas del Grupo de Desarrollo Rural, según lo descrito en el apartado anterior. |
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2. Verificación del no inicio: Tras una primera valoración, se procede a la Certificación de la gerencia de NORORMA del no inicio de la actividad o inversión de que se trate. 3. Elegibilidad de la acción dentro del PRODER-A: Si procede, el Grupo de Desarrollo eleva propuesta en este sentido del proyecto a la Delegación de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía. 4. Elaboración de informes técnicos: Se analiza y estudia el proyecto, se realiza la baremación del mismo en distintos informes. |
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5. Intervención por parte del R.A.F.: EL responsable administrativo financiero del Grupo de Desarrollo interviene el expediente, emitiendo informe acerca de la viabilidad del mismo. 6. Acuerdo de concesión de ayuda: La Junta Directiva del Grupo de Desarrollo aprueba, si procede, la propuesta elevada por la Gerencia , a la vista de la elegibilidad favorable de la Delegación y los correspondientes informes técnicos. |
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FASE DE EJECUCIÓN 7. Suscripción del contrato de ayuda: Se firma el contrato entre el beneficiario y el Grupo de Desarrollo. En este documento se plasman todas las condiciones de la subvención. 8. Justificación de la inversión o actividad subvencionada: deberá presentarse aquella documentación requerida según el tipo de expediente (permisos, licencias o requisitos, facturas y justificantes de pago, acreditación de la propiedad o disponibilidad del inmueble donde se realice la inversión, acreditación del empleo, etc.). 9. Propuesta de certificación e intervención del R.A.F.: Se emite una propuesta de certificación del expediente, que es intervenida por el R.A.F. (Responsable Administrativo Financiero) del Grupo de Desarrollo, quien informa favorablemente de la misma, si procede. 10. Publicidad de la ayuda: El beneficiario ubicará la publicidad acreditativa de los fondos públicos de que se compone la ayuda, según modelo establecido. 11. Certificación del expediente y pago de la ayuda : Una vez se cumplen los anteriores pasos se emite esta certificación, que recoge todas las condiciones definitivas del expediente y es suscrita por el propio beneficiario y el Grupo de Desarrollo. Seguidamente, se procede al ingreso de la ayuda en cuenta bancaria. |
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FASE DE SEGUIMIENTO 12. Desde el pago de la ayuda y durante los 5 años posteriores, el beneficiario mantendrá la inversión o actividad y las condiciones que dieron origen al acuerdo de ayuda, según los términos del contrato, y estará obligado a someterse a las actuaciones de control establecidas desde las diferentes Administraciones. |
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